Comunidad regantes de Candelario 1921
Contrato manuscrito de aguador escrito por el contratado en 1921, copiado literalmente.
Reunidos los propietarios regantes de las aguas llamadas del quemadal, llanos, valle, llano bombón y mangailla en la noche del día 13 del corriente se acuerda por mayoría de botos sea nombrado agüador de primavera en los prados Crispín Orgaz natural y becino de esta villa bajo las condiciones siguientes.
1ª Le queda asignado un jornal diario de dos pesetas benticinco centimos mientras dure dicho predio de riego comprometiéndose a estar diariamente al cuidado de las agüas y para su guía no pudiendo habandonarlas para dedicarse a faenas de trabajo en sus fincas.
2ª A la bez que sea fiel güardador en el cumplimiento del deber en cuanto a las agüas pueda referirse ha de procurar así mismo ebitar el que entren ganados en las fincas de su jurisdicción y en caso de allarlos alguna bez y haber causado daño lo pondrá en conocimiento de hambas partes (propietario y ganadero)
3ªEs de la obligación del agüador segun costumbre establecida el sacar la regadera general durante los ratos que de ocio disponga en su faena de riegos y en caso de una necesidad justificada podra buscar ayuda que sera satisfecha proporcionalmente entre todas las peonadas.
4ªSi en alguna noche escarchara se cuidará muy mucho de que a la mañana siguiente al quitar el agüa se aga a una hora cmbeniente del día a ffin de no causar el mas leve perjuicio al propietario.
5ª Para todos cuantos incidentes sujieran ya sea en una hu otra forma del mismo modo que para aclarar o resolber alguna duda debera desde luego el agüador ponerse en comunicación directa con el presidente o bocal nombrados los que desde luego procuraran dar esacto cumplimiento de equidad y justicia.
De conformidad en todo a lo que antecede escrito para su mas esacto cumplimiento en todas sus partes lo firmo en esta villa de Candelario a catorce de Abril de mil novecientos beintiuno
Crispín Orgaz
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